Novedades Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial

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La Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial plantea una reestructuración del sistema actual de tránsito terrestre. Con más de 6 años de discusión en el congreso, fue propuesta desde el año 2010 por el Diputado Tobías Crespo, quien era Director de la Organización de Tránsito Terrestre (OTT) y es un especialista en la materia. Finalmente fue promulgada el 21 de febrero del presente año.

A continuación compartimos algunas de las novedades más significativas.

  • Creación de nuevos organismos reguladores, que organizarán todas las funciones relacionadas con tránsito y movilidad, seguridad y educación vial.
  • El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), será el principal organismo regulador que asumirá todas las funciones de las diferentes instituciones y departamentos que actualmente tienen competencia en diferentes aspectos relacionados con el tránsito y la movilidad.
  • La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), que absorberá la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) y la Autoridad Metropolitana de Transporte de Santiago (AMETRASAN).
  • Otra institución que será creada en el marco de esta nueva ley será la Escuela Nacional de Educación Vial (ENEVIAL), bajo la dependencia del INTRANT que representa un avance interesante ya que exigirá a las organizaciones educativas, tanto de primaria, secundarías, como las universidades, incluir dentro del pensum académico materias sobre educación vial.
  • Transporte terrestre de pasajeros
  • Se establecerá un rango de vigencia para los vehículos que prestarán servicio de transporte público. En el caso de los carros y motores no podrán tener más de 15 años.
  • Tanto los choferes de transporte público como los de transporte escolar deberán tener una licencia especial para poder operar.
  • Se exigirá que los vehículos solamente podrán transportar la cantidad de pasajeros permitida por el fabricante.
  • Los motores no podrán transportar niños menores de 8 años.
  • Inspección Técnica Vehicular (ITV)
  • Lo que en la Ley 241 era conocido como “La Revista”, ahora pasa a denominarse Inspección Técnica Vehicular (ITV). Corresponderá a una revisión anual del estado del vehículo, a partir de 3 años de fabricación, la misma tendrá un enfoque especial en la preservación del medio ambiente.
  • Régimen sancionador
  • Impone como monto base para la multas el equivalente al salario mínimo vigente.
  • Se establecerá un estricto programa para hacer cumplir el pago de las multas aplicando actas de rebeldía en caso de incumplimiento y cargando recargos.
  • Las aseguradoras deberán tener una coordinación especial con la DIGESETT, ya que a la hora de emitir el seguro del vehículo, o hacer renovaciones, estas deberán verificar que el cliente no tenga ninguna multa pendiente.

Retos de cumplimiento

Esperamos que este nuevo instrumento legislativo sea el punto de partida para comenzar a impulsar una transformación en el tránsito en nuestro país y que finalmente sea posible la movilidad sostenible que es un derecho de todos los ciudadanos.

Finalizamos compartiendo una declaración dada por Tobias Crepo a los medios de comunicación donde expresó: “La República Dominicana debe aspirar a un transporte público masivo, colectivo, integral, que funcione, que tenga frecuencia, vehículos en buen estado y choferes certificados. Que haya garantía de que cuando un pasajero tome un transporte llegará a su destino y se les garantice el derecho de movilidad a los usuarios”.